Un plan de autoprotección es el documento que recoge los riesgos de una actividad o instalación, los medios con los que cuenta y cómo debe actuarse ante una emergencia. Si un establecimiento o una actividad debe tenerlo depende de su uso, de sus características y de la normativa aplicable.
Para qué sirve
Su finalidad es prevenir riesgos, organizar una respuesta eficaz ante una emergencia y proteger a las personas, los bienes y el entorno. Un buen plan no se queda en un documento archivado: se conoce, se practica y se actualiza.
Qué suele contener
La norma básica estatal de autoprotección (Real Decreto 393/2007) establece un contenido mínimo. En líneas generales, un plan recoge:
- La identificación del titular y de la actividad.
- La descripción de la actividad, del establecimiento y de su entorno.
- El inventario, análisis y evaluación de los riesgos.
- Las medidas y medios de autoprotección disponibles.
- El programa de mantenimiento de instalaciones.
- El plan de actuación ante emergencias.
- La integración con otros planes de protección civil.
- La implantación del plan y su mantenimiento y actualización.
Quién puede necesitarlo
No existe una respuesta válida para todos. La obligación depende del tipo de actividad, del uso del edificio o recinto, de su aforo o dimensión y de la normativa estatal, autonómica y municipal que resulte aplicable. Por eso conviene revisar cada caso concreto.
Como orientación, suelen plantearse la cuestión los locales de pública concurrencia, los centros educativos y residenciales, los edificios con ocupación relevante y las instalaciones con riesgos específicos.
Cómo saber si tu caso lo requiere
- Identifica con precisión la actividad y el uso del establecimiento.
- Comprueba la licencia o título de la actividad y su aforo.
- Revisa el texto vigente de la normativa aplicable en el BOE y en el BOPA.
- Ante la duda, pide una valoración a un profesional que revise tu documentación.
Un plan que se practica
Además de redactarse, el plan debe implantarse: informar al personal, señalizar, comprobar los medios y realizar simulacros. Es lo que marca la diferencia entre cumplir sobre el papel y estar preparado.
Fuentes
- Real Decreto 393/2007, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección (BOE).
Este artículo es orientativo y no sustituye el análisis de un caso concreto. Consulta siempre la normativa vigente.
Planes de Autoprotección
Análisis de riesgos, plan de actuación en emergencias, implantación y simulacros para locales, edificios y actividades.
Ver el servicio Solicitar valoración